Condiciones generales de contratación y entrega

I. Generalidades

Las presentes condiciones se aplican exclusivamente a empresarios, personas jurídicas de derecho público o fondos especiales de derecho público en el sentido del artículo 310 (1) del Código Civil alemán (BGB).

Estas condiciones son la base de todas las ofertas y acuerdos. Se aceptan al realizar el pedido o aceptar la entrega. No se aplicarán condiciones divergentes que no reconozcamos expresamente por escrito, aunque no nos opongamos expresamente a ellas.


II. ofertas

Nuestras ofertas están sujetas a confirmación.


III. contrato

El contrato sólo se perfeccionará mediante la confirmación del pedido por escrito o mediante la ejecución del pedido. Los acuerdos subsidiarios, las modificaciones y los suplementos sólo tendrán eficacia jurídica si han sido confirmados por nosotros por escrito.


IV. Entrega, lugar de cumplimiento

1. Las mercancías pedidas se venden según muestras. El comprador es consciente de que las desviaciones de color y/o veteado son habituales en las superficies. Dichas desviaciones no constituyen desviaciones de la calidad acordada contractualmente. 2. Lugar de entrega.

2. El lugar de cumplimiento para todas las prestaciones es Kiel.


V. Precio y pago, demora en el pago y compensación

1. Nuestros precios se entienden en euros y no incluyen flete, aduana, embalaje ni seguro, salvo que se acuerde otra cosa por escrito. Se cobrará adicionalmente el correspondiente impuesto sobre el valor añadido (IVA) legal. 2. Los precios se entienden sin compromiso.

Los precios están sujetos a cambios y se basan en la situación actual de los costes. En caso de que se produzcan cambios en los factores de coste, por ejemplo, debido al aumento de los precios de las materias primas o a incrementos salariales, nos reservamos el derecho a ajustar nuestros precios en consecuencia. Esto no se aplica a los pedidos ya confirmados. 3. Pago.

El pago del precio de compra se efectuará exclusivamente en la cuenta indicada en la factura proforma o en la factura 4. proforma.

4. La deducción de un descuento por pronto pago sólo es admisible con un acuerdo especial por escrito.

(5) Salvo acuerdo en contrario, el precio de compra se abonará íntegramente por adelantado antes del inicio de la producción.

(6) El cliente incurrirá en mora sin requerimiento de pago, además de otros casos determinados por la ley, si no paga en un plazo de 30 días a partir de la fecha de vencimiento y recepción de la factura o estado de pago. En caso de que no se sepa con certeza si el comprador ha recibido la factura o el extracto de pago, y en qué momento, el recibo del artículo adquirido ocupará su lugar. 7. En caso de demora en el pago, el comprador podrá exigir el pago de la factura o del extracto de pago.

En caso de demora en el pago, se aplicarán intereses del 9% sobre el tipo de interés básico al precio de compra. La reclamación de otros daños causados por el impago no se verá afectada. 8. En caso de que tengamos conocimiento de un deterioro significativo de la mercancía, se cobrarán intereses de demora.

Si tuviéramos conocimiento de un deterioro significativo de la situación financiera del cliente, todas las reclamaciones aún no vencidas, independientemente de su naturaleza, vencerán y serán pagaderas inmediatamente. En ese caso, tendremos derecho a exigir una garantía por las aceptaciones aún no vencidas. 9. La reclamación de una compensación no será admisible.

9. Queda excluido el ejercicio de los derechos de compensación, retención o denegación del cumplimiento. Sin embargo, esto no se aplicará a los derechos de retención y compensación en la medida en que se hagan valer sobre la base de contrademandas indiscutibles o legalmente establecidas.


VI Transferencia del riesgo

El riesgo de pérdida accidental y deterioro accidental de la mercancía vendida se transmitirá al cliente tan pronto como el vendedor haya entregado la mercancía al transportista, al transportista o a cualquier otra persona o institución designada para realizar el envío. Esto también se aplicará si el vendedor corre con los gastos de transporte. El seguro de transporte sólo se contratará a petición especial y por cuenta del cliente.


VII Garantía

1. El cliente deberá inspeccionar el objeto de la prestación inmediatamente después de recibirlo y notificarnos cualquier defecto evidente en el plazo de 3 días. Deberá notificarnos por escrito cualquier defecto oculto en un plazo de 10 días a partir de su descubrimiento. Sin notificación por escrito de los defectos, la mercancía se considerará aprobada, con la consecuencia de que caducarán las reclamaciones por defectos. 2. En caso de que el cliente notifique los defectos por escrito, la mercancía se considerará aprobada.

2. En caso de notificación injustificada de defectos, el cliente deberá reembolsar los gastos ocasionados por el examen del supuesto defecto. 3. En caso de notificación injustificada de defectos, el cliente deberá reembolsar los gastos ocasionados por el examen del supuesto defecto.

(3) Sólo responderemos de los defectos del objeto de la prestación en caso de notificación a tiempo de los defectos, de forma que repararemos gratuitamente o, a nuestra elección, entregaremos nuevas piezas que resulten ser inutilizables o cuya utilidad se haya visto considerablemente mermada en el plazo de un año a partir de la fecha de entrega como consecuencia de una circunstancia acaecida con anterioridad a la cesión del riesgo, en particular debido a un diseño defectuoso, materiales deficientes o mano de obra defectuosa. Las piezas sustituidas pasarán a ser de nuestra propiedad.

4. el comprador sólo podrá rescindir el contrato o exigir una reducción si la mejora posterior resulta imposible, si han fracasado varios intentos de mejora posterior o si no se ha producido la mejora posterior o la entrega de sustitución. Quedan excluidas las reclamaciones por daños y perjuicios, en particular la indemnización por daños que no se hayan producido en el propio objeto de suministro y la indemnización por gastos inútiles de conformidad con el artículo 284. 5. Las reclamaciones por defectos se considerarán prescritas.

Las reclamaciones por defectos prescribirán a los 12 meses de la entrega de la mercancía suministrada por nosotros al cliente. El plazo de prescripción se aplicará a las reclamaciones por daños y perjuicios en caso de dolo y negligencia grave, así como en caso de lesión de la vida, la integridad física y la salud que se basen en un incumplimiento doloso o negligente de las obligaciones por parte del usuario. En la medida en que la ley establezca plazos más largos de conformidad con el artículo 438 (1) nº 2 del Código Civil alemán (edificios y objetos para edificios), el artículo 445 b del Código Civil alemán (derecho de recurso) y el artículo 634a (1) del Código Civil alemán (defectos de construcción), se aplicarán dichos plazos.


VIII. Entrega y envío

(1) Las fechas provisionales de entrega sólo pueden estimarse de antemano sobre la base de la situación actual del pedido.

2. La fecha de recepción del pago será determinante para la fecha de entrega, siempre y cuando se hayan aclarado por completo todos los detalles del pedido y se hayan recibido todos los documentos necesarios para la ejecución del mismo, por ejemplo, los archivos necesarios con gráficos para su posterior procesamiento. 3. La entrega se realizará en el domicilio del cliente.

La entrega se realizará a pie de acera. El cliente se encargará de que sus propios ayudantes estén disponibles para la descarga. En caso de que no le sea posible descargar o aceptar la mercancía, deberá proporcionar un sustituto. 4. En caso de que el cliente no cumpla las condiciones de entrega, el

4. Si el cliente no cumple con su obligación de aceptar la mercancía, tendremos derecho, sin perjuicio de otros derechos, a volver a entregar la mercancía contra pago previa notificación al cliente.

(5) En caso de fuerza mayor, tendremos derecho a aplazar la fecha de entrega por la duración del impedimento y un periodo de puesta en marcha razonable. Se considerarán causas de fuerza mayor las huelgas, cierres patronales, guerras, inclemencias meteorológicas o circunstancias imprevisibles como averías operativas, pero también la falta de medios de transporte y la escasez de materias primas y energía de las que no seamos responsables, que nos impidan realizar la entrega a tiempo a pesar de esfuerzos razonables. Esto también se aplicará si los impedimentos mencionados se producen durante un retraso o en un subproveedor. Notificaremos al Comprador sin demora si se produce un caso de fuerza mayor como el descrito anteriormente.


IX. Reclamación de daños y perjuicios

En caso de obligación de indemnización por daños y perjuicios, sólo responderemos

a. por el importe íntegro del daño en caso de negligencia grave por parte de los empleados ejecutivos,

b. en cuanto al fondo, en caso de incumplimiento culpable de obligaciones contractuales materiales,

c. además, en cuanto al fondo también por negligencia grave de simples auxiliares ejecutivos, d. en la cuantía de b. y c. a la indemnización del daño típico previsible.


X. Reserva de propiedad

1. La mercancía seguirá siendo de nuestra propiedad hasta que se hayan satisfecho todas nuestras reclamaciones contra el cliente derivadas de la entrega y otros motivos legales. A petición, estaremos obligados a liberar una garantía a elección del cliente en la medida en que el valor realizable en virtud de la reserva de dominio supere el importe total de nuestras reclamaciones no sólo temporalmente en más de un 20 %.

2. el cliente sólo podrá disponer de la mercancía entregada bajo reserva de dominio en el curso de operaciones comerciales regulares, así como transformarla, mezclarla, combinarla con otros objetos o instalarla en inmuebles. La mercancía entregada no podrá pignorarse ni cederse en garantía, ni siquiera después de su transformación, mezcla o combinación. 2. Si el cliente revende la mercancía a crédito, estará obligado a conservar la titularidad y a tratarla como de nuestra propiedad frente a nosotros.

Si la mercancía se revende mediante negocio jurídico antes de que se hayan satisfecho todas nuestras reclamaciones totales, por ejemplo, si también se incorpora a un inmueble, el cliente nos cede por la presente las reclamaciones derivadas de ello. El cliente estará autorizado a cobrar en su propio nombre las deudas cedidas, siempre que cumpla sus obligaciones contractuales con nosotros. En caso contrario, estará obligado a nombrar a sus deudores y estará autorizado a cobrar el crédito cedido. Se compromete a transferirnos los importes cobrados o pagados por el importe de nuestro crédito. 4. Nos reservamos el derecho de recuperar el crédito cedido.

4. Tenemos derecho a recuperar nuestra propiedad o copropiedad sin dar razones si el obligado principal no paga a su vencimiento.


XI. Jurisdicción y Derecho

(1) La jurisdicción exclusiva es Kiel.

Se aplicará el derecho alemán con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.

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T +49 (0) 431-64806 0
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24113 Kiel, Germany